martes, 20 de abril de 2010

REGIONES AUTONOMAS: BASES DE UNA VERDADERA AUTONOMIA COSTEÑA.


Aprovechando inquietudes sobre algunos costeños en cuanto a Autonomía Costeña, quiero expresar y opinar un poco respecto a la susodicha autonomía que han pretendido meternos a regañadientes, tanto políticos nacionales como políticos costeños, estos últimos que yo les llamo "malos hijos de la Costa Atlántica de Nicaragua".

Leía en el facebook de un ciudadano costeño sobre seis puntos que él desearía se hiciesen realidad como reivindicación sustentada en una autonomía. Le decía en mi comentario que, todos esos 6 puntos deberían fundamentarse en el ejercicio de una verdadera Ley de Autonomía y de una real Autonomía de la Costa Atlántica de Nicaragua. Esto no existe en la actualidad, pues ambos gobiernos autónomas actúan y administran la cosa pública como que fuesen un ministerio más del Gobierno de Nicaragua.

¿Queremos una verdadera autonomía? Claro que sí, todos la deseamos, pero en la magnitud de lo normal al igual a como se pone en práctica en otras latitudes de nuestro planeta; ejemplo: Quebec-Montreal y España (Andalucía, País Vasco, Cataluña, Galicia, etc), en donde todo funciona como que fuesen Estados independientes, aun cuando siguen dentro del Estado canadiense y español respectivamente.

Lo que pasa en Nicaragua es lo siguiente: los políticos, o desconocen totalmente lo que es una Autonomía Territorial o Regional, o se hacen los "gatos bravos" para no reconocer lo que significa una verdadera Autonomía para el Caribe Nicaragüense. Lógicamente, dentro de toda esta maraña hay una serie de intereses diversos que, lamentablemente, han calado hasta lo más profundo de los huesos de los políticos costeños, que al igual que en tiempos de Somoza, actúan conforme los dictados y el son que les orientan los partidos nacionales y sus respectivos caudillos y maquilladores ideológicos.

Si existiera una real Autonomía en la Costa Caribe de Nicaragua sucedería lo siguiente, entre otras cosas más:

1) Los gobiernos autónomos tendrían su propia "Constitución Estatal" que en este caso podría ser la misma Ley de Autonomía modificada, enriquecida y completada;
2) Los gobiernos autónomos promulgarían y se regirían por sus propias leyes estatales regionales;
3) Las leyes nacionales no se inmiscuirían en las Regiones Autónomas, salvo cuando existan situaciones que ameriten la intervención de la Corte Suprema de Justicia o de la Asamblea Nacional;
4) Existiría una Ley Electoral autónoma en la cual participen solamente partidos regionales, sin la mínima injerencia de partidos y políticos nacionales;
5) La economía sería totalmente independiente, sobre la base de las inversiones y la explotación, goce y disfrute total de los recursos naturales de la Costa Atlántica de Nicaragua, con un pequeño aporte porcentual a la economía nacional, estando la mayoría dirigido al crecimiento económico regional y al desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida de todos los pueblos costeños;
6) La administración pública regional sería totalmente autónoma, la que estaría bajo la vigilancia y control de la Contraloría Regional y Procuraduría Regional de Justicia en cada gobierno autónomo. Dicha administración pública se desarrollaría sobre la base de su propio presupuesto regional, totalmente autónomo del Presupuesto General de la República.
7) El punto 6 significa entonces que ambos gobiernos autónomos tendrían sus propias estructuras gubernamentes, sus propios ministros o secretarios de Estado, sus propios congresistas (actuales consejales regionales), magistrados de justicia, jueces estatales, contraloría estatal, procuraduría y fiscalía estatal regional, etc.

¿Porqué no se quiere aprender de los gobiernos autónomos de otras partes del mundo? Si nos detenemos a pensar un poco del porqué no se cumple actualmente con tantos "ías" que he mencionado en cada uno de los puntos anteriores, es porque simplemente los políticos nacionales y costeños, NO DESEAN REALMENTE UNA VERDADERA AUTONOMIA DE LA COSTA ATLANTICA DE NICARAGUA....esa es la realidad.

Autor:
Alfonso Antonio Navarrete Centeno - Siuneño
Jurista, Economista, Cientista Social y Educador.

martes, 13 de abril de 2010

PROPUGNANDO POR UNA VERDADERA ETICA Y MORAL EN EL PODER JUDICIAL DE NICARAGUA.

Por: Alfonso Navarrete Centeno*


Necesidad de la ética y la sana conducta judicial.


¿Es importante la ética judicial? ¿Debe regularse la conducta ética en los Magistrados y Jueces del Poder Judicial? En los últimos años, el interés público parece haberse centrado en el ejercicio de los poderes estatales, en especial del Poder Judicial, interés manifestado en denuncias por actos de corrupción y por el funcionamiento de la organización judicial, calificada de obsoleta, engorrosa y lenta. No ha sido infrecuente escuchar o leer que el mal desempeño judicial es causa de que el país no pueda erradicar la corrupción, que se mantengan altos índices de delincuencia común y que no se favorezca el desarrollo económico de nuestra Nación.


Para la mayoría de los nicaragüenses todo eso parece cierto, pero no solo como mal propio del Poder Judicial, sino del Estado de Nicaragua y de la sociedad en sí misma. La corrupción es vista como mal de nuestros tiempos, en los que el poder identifica valor y precio ( “…dime cuánto pagan por ti, y te diré cuánto vales”. Sin embargo, también somos muchos los que pensamos que a pesar de esa situación, hay valores que están más allá de cualquier cotización, no hay quien los compre porque no están en venta; están fuera del mercado y por eso han sobrevivido. Esos valores sobrevivientes de toda pretensión económica son auténticos pilares para la sobrevivencia de la propia persona humana y de las sociedades; son los valores los que dan esperanza para buscar un camino seguro y democrático hacia el futuro.


La escena desagradable que todos vimos anoche (12 de Abril 2010) por la televisión, de dos altos Magistrados de nuestra Corte Suprema de Justicia en un franco pleito callejero, nos sirve de parámetro para poder darnos cuenta de lo que está ocurriendo en el Poder Judicial de Nicaragua. Con semejante acto la población nicaragüense y el mundo entero se dan cuenta que nuestros Magistrados no han definido o no quieren aceptar su propia identidad como integrantes de un poder del Estado, cuya función fundamental –la defensa de los derechos de todos los nicaragüenses- exige de cada uno de ellos un sostenido compromiso moral y democrático que excluya la posibilidad de actuar como tributarios del Poder Ejecutivo, partido político, persona o interés ajeno a ese fin.


La problemática judicial de Nicaragua es un tema espinoso; para abordarla se requiere examinar si las leyes, la preparación profesional de los funcionarios judiciales en todos los niveles, el presupuesto o la organización judicial son adecuados para satisfacer las demandas sobre el buen funcionamiento de la justicia. Pero, también es fundamental definir cómo la falta de una conducta ética de los Magistrados puede estar contribuyendo a no absolver tales demandas. De ahí que el tema de la ética y la moral judicial no debe ser realizado de manera superficial o desapercibida, sino por el contrario verlo como una perspectiva capaz de impregnar en todos la esperanza de ver una Corte Suprema de Justicia y un sistema judicial nicaragüense con un incuestionable compromiso moral partiendo de su propia conducta.


Ética y moral judicial.


Los dos principios básicos de la ética son la voluntad como razón, reflexión, inteligencia, y la libertad como capacidad de autodeterminación para escoger o decidir. Vistos de esta manera, la libertad se presenta como atributo de la voluntad; por eso es acertado decir que un funcionario judicial, Magistrado o Juez, es independiente solo cuando es capaz de decidir voluntariamente serlo, perfilándose como un objeto mismo de la ética y del acto humano libre, generador de la voluntad de actuar razonadamente, con pleno conocimiento, humanismo y solidaridad con los derechos humanos, civiles y constitucionales de toda la población.


El pueblo nicaragüenses sigue esperando el buen actuar de Magistrados y Jueces y de enfrentar la desconfianza ciudadana sobre el funcionamiento del Poder Judicial. Ya no se puede seguir ignorando, o pretendiendo ignorar, que la opinión pública es un acertado termómetro que está midiendo minuciosamente el desempeño de Jueces y Magistrados, de tal manera que se ha venido planteando, insistentemente, sobre la necesidad de un cambio de modelo judicial, donde el funcionario demuestre ser un juez pensante, imparcial y garantista, que resuelve aplicando el derecho justo, considerándose que la cuestión ética y moral es fundamental en su quehacer profesional. Tristemente, en Nicaragua muchos Jueces y Magistrados no son del mismo parecer, porque creen que lo ético no es relevante para el desempeño de la función.


Lo que ocurre, es que hace falta una comprensión real de lo que es la ética y su relación directa con la función jurisdiccional. En otras palabras, parece ser que lo que cuesta entender es que la ética no es un bello lirismo que sirve de adorno al discurso político y demagógico, sino que tiene aplicación práctica, efectos y consecuencias directos en cada uno de nuestros actos. Algunos creen que la ética solo debe regir la vida personal y no el ejercicio de la función; por eso, aunque demuestren talvez ser buenos padres de familia, son funcionarios judiciales que no vacilan en actuar y dictar resoluciones bajo la influencia de partidos políticos, caudillos, amigos o personas de alta influencia económica y social.


En otras palabras, por razón de las mismas influencias, por ignorancia, temor o simplemente alegando sobrecarga procesal, “…deciden no decidir; son quienes deciden no ver la situación nacional actual como un problema entre partes que deben solucionar, sino como un problema de ellos del que deben deshacerse a toda costa.”


Todos los funcionarios judiciales tienen que buscar como reivindicar la administración judicial del país, haciéndola digna y de crédito sobre la base de seis principios ya por ellos conocidos: independencia, imparcialidad, integridad, corrección, igualdad y competencia/diligencia; estos principios están íntimamente relacionados con sus propias conductas, con la vida privada del judicial y la conducta de sus familiares. Solamente de esta manera, particularmente nuestros Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, incluyendo Jueces de Apelaciones, Distritales y Locales, se comportarán de forma consecuente con la dignidad de las funciones jurisdiccionales que el Estado de Nicaragua les ha confiado.


Los Magistrados de cada Sala de la Corte Suprema de Justicia, como miembros de la más alta jerarquía judicial del país, deben apropiarse de un modelo de conducta transparente y de actuación acorde al Derecho, que inspire confianza en cuanto al respeto a la dignidad humana y moderación en su vida social, demostrando así un verdadero profesionalismo impreso de sensibilidad humana y social. Para llegar a este nivel, los Magistrados y demás funcionarios judiciales tienen que humanizarse a sí mismos, aceptando el principio de independencia, fortaleciendo su imagen de autonomía, justicia, imparcialidad, honestidad, probidad, abstención de actividades políticas, diligencia judicial, transparencia y apertura, hasta alcanzar un comportamiento decoroso al nivel de sus investiduras.


Estamos conscientes que cambiar radicalmente el estado de las cosas que suceden en la Corte Suprema de Justicia y en todo el sistema judicial, es una tarea muy difícil por la complejidad y profundidad de los aspectos negativos involucrados. Pero, sea cual fuere la solución que se proponga, alcanzarla requerirá como cuestión previa, poner en agenda el compromiso ético y moral de los Magistrados y funcionarios judiciales en general.


Conclusiones.


Para concluir, la mejor política contra la corrupción y las irregularidades que genera el mal funcionamiento de la función judicial, será la que persiga cambiar la apreciación que los Magistrados y Jueces tienen de sí mismos, incentivándolos a la autorregulación de sus deberes como base de su independencia y, consiguientemente, la del Poder Judicial. Es necesario buscar procesos de autorregulación, porque no es ético el acto realizado por utilidad u obediencia, si no se ejecuta bajo la luz de la libertad y la voluntad de decidirlo.


Los códigos de ética no son ninguna panacea en materia de renovación de la conciencia jurídica estatal, sino que constituyen nada más que una entre otras medidas recomendables para la reforma de la justicia. No obstante, pueden contribuir realmente a mejorar el sistema de justicia, en el sentido de fomentar la construcción de un Poder Judicial fuerte e independiente. Es necesario que los Magistrados y todos los funcionarios judiciales vayan construyendo, mediante la reflexión conjunta, un modo de ejercer la función que sea el resultado del aprendizaje de valores y creencias comunes que los haga concientes de lo que son, creen y valoran como una verdadera identidad judicial.


*El autor es Jurista, Economista, Cientista Social y Educador.