GANARON LOS ROTTWEILLER !!.
A última hora resultó que todos los implicados fueron víctimas de Natividad Canda. Primera señal de lo que se venía la dio el fiscal la semana pasada, al pasar de acusador a defensor, y jurados y juezas remataron ayer el fallo insólito absolviendo a todos en lo penal y lo civil. Policías que hacían chistes sobre el infortunado nicaragüense ahora son justificados porque podían herir a otros inocentes. Hasta el guarda que retardó el aviso a las autoridades fue declarado casi un héroe que expuso su vida al intentar sacar a Natividad de las fauces de los furiosos canes.
José Leonel Mendoza/Corresponsal Costa Rica.
Los diez indiciados por la muerte de Natividad Canda fueron exonerados de culpa, aunque en el ambiente quedaron más dudas que respuestas en una muerte que conmovió a todos. En un juicio donde quedaron más dudas que respuestas, los diez imputados por la muerte del nicaragüense Natividad Canda Mairena fueron absueltos de toda responsabilidad penal y civil por dos votos a favor y uno en contra del jurado.Con una Sala de Juicio llena, la juez Rosa Accón justificó la exoneración porque tanto los policías como el dueño de los perros y el guarda, actuaron conforme la situación lo ameritaba, además, “porque habían dudas” en la querella y acción civil presentadas contra los imputados.
Las jueces informaron que la actividad procesal defectuosa presentada por los defensores de los indiciados fue aceptada porque se consideró que” se generalizó”, y por ello se violentaban ciertos derechos de los acusados.Accón, además, enfatizó que en “ningún momento” se pudo comprobar la participación omisa de los policías y que de igual forma no se pudo “particularizar” los delitos. Señaló como ejemplo que sólo se usaba el término “policías”, pero nunca se dijo qué policías.
Puras justificaciones.
Justificaron que el guarda Luis Guillermo Hernández “sí colaboró” e incluso puso en riesgo su vida al tratar de salvar a Canda, asimismo señalaron que a los oficiales no se les podía comprobar la falta de auxilio, porque las condiciones en el taller no eran propicias, es decir, poca iluminación, ferocidad de los perros y el chorro de agua de los bomberos, entre otros aspectos.Adujeron en el voto que no existía responsabilidad de omisión de deberes, porque no había certeza de que su acción salvaría la vida de Canda, y expusieron como ejemplo que no se podía determinar en qué momento los perros causaron las lesiones letales a Canda.“Aunque hubiesen entrado y disparado (los policías) no hay certeza de que habrían evitado el desenlace fatal”, indicó Accón, a la vez que añadió que hasta terceras personas pudieron haber sido afectadas si hubieran disparado.
El Estado también inocente.
Las dos jueces, Accón y Rosibel López, además estimaron que el Estado costarricense tampoco tuvo culpa, porque la víctima fue la que originó que el hecho fatal se suscitara al ingresar ilegalmente en una propiedad privada, por lo que fue rechazada la acción resarcitoria.Todos los imputados quedaron absueltos y la celebración y júbilos de éstos, los abogados y sus familiares, fue evidente.
El voto contrario.
Por el contrario, en la sentencia dividida, la juez Sonia Sandí razonó su voto y consideró que sí hubo omisión de deberes, lo que implicó un delito culposo de los ocho policías señalados. Dijo que éstos no actuaron como establece la ley cuando priva una vida humana. Agregó que los efectivos no debían esperar permiso para entrar, porque la ley es clara cuando está en juego la vida humana.Criticó el hecho de que cuatro de los efectivos no ingresaron, y que junto a los otros, que nunca salieron de la cabina de la patrulla 330, “pasaron a ser simples observadores” de un show dantesco.Sonia dejo claro que sí hubo responsabilidad, porque los policías debían actuar y no lo hicieron, además, responsabilizó al guarda del retardo en el llamado a las autoridades. Ejemplificó que los policías permanecieron casi una hora dentro de la patrulla y que más bien personas ajenas sí demostraron que se podía actuar, a pesar de que no tenían el entrenamiento de los policías.Evidenció que el Estado tico también tuvo responsabilidad al señalar una indemnización de 10 millones de colones (unos 18 mil dólares) a favor de la madre de Canda, así como costas del proceso. También concluyó que se pudo haber disparado, y que a través de las comunicaciones radiales entre los policías, se pudo oír cómo las personas que observaban el hecho pedían que actuaran “y no lo hicieron”. Dijo que no se puede exonerar de culpa cuando se comprobó que el tiempo en que no recibió auxilio era vital para evitar el desangrado, más lesiones graves o que entrara en el shock que describió el dictamen forense. “Tuvieron casi una hora y no hicieron nada a pesar de que Canda estaba siendo atacado”, razonó en su voto.
Por su parte, los policías Eric Morales y Asdrúbal Luna, con lágrimas en el rostro y felicitaciones de sus familiares y amigos, expresaron que “su conciencia estaba tranquila”, y que había sido una experiencia negativa la que les tocó vivir. “Hicimos lo que estaba en nuestras manos”, coincidieron. Satisfechos por la sentencia, los abogados de los absueltos expresaron que “siempre confiaban” en que la querella, y la acción civil no iban a prosperar porque había errores. “Se demostró lo que desde un inicio señalamos.
No se particularizó, no se individualizó los delitos. Habían errores en la denuncia”, comentó Kenneth Arce, abogado de los ocho policías, mientras era felicitado. Menos contento, pero con el “sabor de haber cumplido”, el abogado de la madre de Canda, Luis Fernando Sáenz, expresó que al menos una juez compartió los criterios y razonamientos de que los policías no prestaron el debido auxilio, y que “por lo menos” se sienta un precedente para que no vuelva a ocurrir un hecho similar. La muerte de Natividad Canda fue en la madrugada del 10 de noviembre de 2005, cuando se introdujo en un taller de La Lima de Cartago. Éste fue atacado por dos perros rottweiler y según el informe del OIJ, pasó unas dos horas en las fauces de los perros, los que al final le provocaron más de 200 mordidas.
El Nuevo Diario
Septiembre 12, 2008.
No hay comentarios:
Publicar un comentario